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¿Recurrir un curso de sensibilización vial?

El carnet por puntos  lleva en funcionamiento desde 2006, pero parece que hoy en día todavía no se sabe de manera generalizada cómo funciona y por qué es como es. Se trata deun carnet de conducir que lleva una cuenta limitada de puntos que pueden retirarse por determinadas infracciones, y que cuando el saldo llega a cero, supone la retirada del permiso por un tiempo determinado. Los puntos, a su vez, se recuperan a base de tiempo, o de cursos de sensibilización.

Partamos de la base de que el carnet por puntos es una solución que considero muy buena para, de alguna manera, educar a los conductores reincidentes con ciertas infracciones. Es educar porque uno comete una infracción y pierde puntos, con lo cual está viendo más cerca ese saldo cero que significa la retirada de carnet. Eso por sí mismo debería ser más que suficiente para mantener el interés de los conductores por no cometer infracciones, pero la realidad está lejos de ese punto.

Infracciones más habituales por las que se retiran puntos del carnet

Exceso de velocidad, no llevar el cinturón de seguridad o el sistema de retención infantil correctamente sujeto, conducir bajo los efectos del alcohol, el uso del teléfono móvil o de cualquier aparato que implique atención, siguen siendo las infracciones más habituales. Existen otras muchas que son habituales, pero no se detectan igual de fácil, por ejemplo no respetar la distancia de seguridad; saltarse o no respetar los “ceda el paso” o los “stop”; tirar objetos a la vía pública (como porquerías varias, incluyendo colillas encendidas, latas de refresco o bolsas de comida rápida); los cambios de sentido en zonas prohibidas, o los adelantamientos prohibidos o peligrosos.

El civismo no está en su mejor momento, y uno siempre piensa que cuando alguien es sancionado por una infracción grave (exceso de velocidad, conducir bebido o saltarse un ceda o un stop), esa persona es consciente de lo que iba haciendo, o de lo que hizo. Siempre pienso que esa conciencia es real, y que el sancionado tendrá sentido común, el suficiente como para aceptar un castigo que es justo, porque la falta existe. Pero no. Aunque se sepa culpable, aunque sepa que ha corrido, que ha bebido y dado positivo, el sentimiento de persecución por parte de las autoridades prevalece.

Vivimos con manía persecutoria. Dar positivo por 0,66 no es tan malo como la campaña en nuestra contra que realizan las autoridades.

Cuando uno pierde puntos del carnet puede recuperarlos inmediatamente si hace un curso. Es decir, existe la posibilidad de recuperar los puntos perdidos dejando pasar el tiempo y sin cometer nuevas infracciones, pero también podemos optar por la “recuperación parcial de, un máximo de 6 puntos, si supera un curso de sensibilización y reeducación vial, que solo puede realizar una vez cada dos años”. Si no, pasados dos años sin sanciones, recuperaremos los 12 puntos siempre que no haya sido pérdida de puntos por infracciones muy graves (6 puntos), ya que se deberá esperar tres años para restablecer la cifra inicial de 12 puntos.

Con esto queremos decir que, si la voluntad es positiva, la recuperación de puntos será natural o “de pago”. Sin embargo, si hay retirada de carnet, la cosa no es tan sencilla, y no debe serla:

Si se pierde el permiso de conducción. Después de esperar seis meses desde la perdida, podrá obtener uno nuevo superando un curso de sensibilización y reeducación y una prueba teórica en la Jefatura de Tráfico. Comienza con un crédito de 8 puntos.

Eso ya no es opcional, es obligatorio pasar este curso. Y me sorprende, y de ahí el tema del artículo, que haya gente que pretenda recurrir algo tan claramente especificado como este asunto.

Y los hay, lo sé positivamente. Personas que cometen infracciones graves o muy graves y mueven Roma con Santiago para seguir conduciendo sin asumir lo que han hecho, escudándose en un supuesto estado “policial”, en una persecución “con afán recaudatorio”, y, lo que es más irritante, “estudiando” los artículos legales en busca de algún resquicio para anular las sentencias, las sanciones, o la obligatoriedad de realizar el mencionado curso.

Fuente: circula seguro por Esteban Viso